Desde este sábado 5 de septiembre comenzó a regir en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, que reduce de 16 a 14 años la edad mínima para que un adolescente pueda ser sometido a un proceso penal. La modificación tendrá impacto directo en Santa Fe, donde la Provincia asegura contar con la estructura judicial y los dispositivos necesarios para aplicar el nuevo esquema.
La reforma quedó establecida mediante la Ley Nacional 27.801, sancionada por el Congreso el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió este sábado. Desde ahora, el régimen alcanza a quienes tengan entre 14 y 17 años al momento de la comisión de un delito.
El cambio constituye una modificación sustancial respecto del sistema anterior, que establecía la edad de punibilidad en los 16 años. Sin embargo, la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal no implica que ante cualquier delito corresponda automáticamente una medida de encierro.
La legislación incorpora un régimen diferenciado respecto del aplicable a los adultos, con el objetivo de determinar la responsabilidad penal, pero también de promover la educación, resocialización e integración del adolescente.
Un sistema con alternativas a la prisión
Entre las sanciones previstas aparecen la amonestación judicial, las prohibiciones de acercamiento o contacto con determinadas personas, restricciones para concurrir a determinados lugares, prestación de servicios comunitarios, monitoreo electrónico y reparación integral del daño.
Para determinados delitos con penas de hasta tres años, la normativa establece el reemplazo de la prisión por alguna de esas alternativas. En otros hechos cuya escala penal supere los tres y llegue hasta diez años, también podrá disponerse una medida alternativa cuando se cumplan determinadas condiciones y no haya existido muerte, violencia física o psíquica grave sobre las víctimas, entre otros requisitos.
Cuando la Justicia considere necesaria una privación de la libertad, la ley establece tres posibilidades: cumplimiento en el domicilio, alojamiento en un establecimiento abierto o internación en un instituto especializado de detención.
Además, los adolescentes no podrán permanecer alojados junto con detenidos mayores de edad y cualquier restricción de la libertad durante el proceso deberá estar fundada judicialmente en riesgos procesales concretos. La normativa prohíbe expresamente las penas de prisión o reclusión perpetua y fija en 15 años el máximo de una pena privativa de la libertad para una persona adolescente.
Cómo se aplicará el nuevo régimen en Santa Fe
Santa Fe llega a la puesta en marcha de la reforma nacional con una estructura judicial juvenil que ya atravesó una transformación importante. Desde el 21 de junio de 2025 está vigente en la provincia el Código Procesal Penal Juvenil, establecido por la Ley 14.228.
Con ese cambio desapareció el antiguo modelo de Justicia de Menores y la persecución penal pasó al sistema acusatorio. Desde entonces, el Ministerio Público de la Acusación (MPA) tiene a su cargo el ejercicio de la acción penal, mientras que los magistrados que integraban los juzgados de menores fueron incorporados a los Colegios de Jueces Penales.
La legislación santafesina establece además que la privación de la libertad debe utilizarse como último recurso y durante el menor tiempo posible, y promueve mecanismos de justicia restaurativa, reparación del daño y soluciones alternativas cuando las características del caso lo permitan.
El Gobierno provincial había anticipado durante agosto que se encontraba preparado para incorporar a los adolescentes de 14 y 15 años al sistema. La vocera Virginia Coudannes señaló que Santa Fe dispone de infraestructura, cargos, oficinas y recursos humanos para afrontar el cambio normativo.
Tres niveles de intervención
Para los casos en los que exista una medida restrictiva de la libertad, la Provincia cuenta con distintos dispositivos. El nivel de menor intensidad puede ser el arresto domiciliario, eventualmente acompañado por mecanismos de monitoreo.
El segundo esquema está constituido por los Establecimientos Socioeducativos de Puertas Abiertas, que funcionan bajo conducción de personal civil y permiten desarrollar actividades educativas y formativas fuera del establecimiento. Actualmente existen dispositivos de este tipo en Rafaela, Coronda, General Alvear y Venado Tuerto.
Para situaciones que requieran mayores condiciones de seguridad funcionan los Centros Especializados de Responsabilidad Penal Juvenil (CERPJ), de régimen cerrado, ubicados en Rosario y en la ciudad de Santa Fe. La Provincia también dispone de programas de libertad asistida en distintas localidades, entre ellas Rosario, Venado Tuerto, Firmat, Rufino y Villa Constitución.
Qué cambia desde este sábado
En términos prácticos, el principal cambio es que un adolescente que haya cumplido 14 años podrá ser investigado, imputado, juzgado y eventualmente condenado penalmente por un delito cometido a partir de la entrada en vigencia del nuevo régimen.
El sistema mantiene, sin embargo, garantías específicas derivadas de la condición de menor de edad: reserva de las actuaciones, prohibición de divulgar datos que permitan identificar al adolescente, defensa especializada y separación respecto de detenidos adultos. La legislación establece además que las medidas deberán ser proporcionales y priorizar aquellas que resulten menos restrictivas de derechos.
Para Santa Fe, la aplicación de la nueva edad de imputabilidad no supone comenzar desde cero, sino ampliar a los adolescentes de 14 y 15 años una estructura procesal juvenil que la provincia ya tenía en funcionamiento. Desde este sábado, ese sistema deberá responder también ante delitos cometidos por jóvenes que hasta ahora estaban fuera del régimen penal por su edad.

