Un proyecto que avanza en el Concejo Municipal de Rosario propone endurecer las sanciones contra las motos que circulen con escapes libres, modificados o antirreglamentarios. Las multas podrían alcanzar las 1.500 Unidades Fijas (UF), equivalentes con el valor tomado como referencia a más de 3,4 millones de pesos.
La iniciativa fue presentada por los concejales Federico Lifschitz y Alicia Pino e ingresó al Concejo el 17 de septiembre. El expediente cuenta con un borrador de despacho favorable de la comisión de Gobierno, aunque todavía figura como “sin aprobar”, por lo que las nuevas sanciones aún no están vigentes.
Multas de hasta 3,4 millones de pesos
La propuesta modifica el artículo 293 del Código de Convivencia Ciudadana y establece multas de entre 1.000 y 1.500 UF para los motovehículos que superen los límites permitidos de ruido o utilicen escapes libres, modificados, adulterados, antirreglamentarios, no homologados o cualquier otro dispositivo destinado a incrementar las emisiones sonoras.
En Rosario, cada Unidad Fija equivale al valor de un litro de nafta súper y su cotización se actualiza mensualmente. Con una UF de 2.269 pesos tomada como referencia para el cálculo, las sanciones propuestas quedarían entre 2.269.000 y 3.403.500 pesos.
El salto sería importante frente al régimen vigente. Actualmente, el artículo 293 establece multas de entre 30 y 200 UF para los vehículos que provoquen ruidos superiores a los límites reglamentarios o circulen con escapes deficientes o antirreglamentarios. Con el mismo valor de referencia, esa escala representa entre 68.070 y 453.800 pesos.
En caso de reincidencia, el proyecto incorpora además una sanción accesoria que contempla la inhabilitación para conducir durante un período de entre 90 y 120 días.
Qué pasaría con las motos secuestradas
Otro de los puntos centrales es la creación de un procedimiento específico para los motovehículos remitidos a depósitos o corralones municipales por infracciones relacionadas con sus sistemas de escape.
Cuando la autoridad competente constate que una moto posee un escape antirreglamentario, adulterado, modificado, deficiente o libre y el vehículo no sea retirado dentro de los 15 días corridos, podrá iniciarse el mecanismo para su disposición final.
Sin embargo, la compactación no sería automática. Antes deberá notificarse fehacientemente al titular registral y realizarse una publicación por edictos, otorgándole un plazo adicional no menor a cinco días corridos para acreditar sus derechos y retirar la moto. Si transcurrido ese período el vehículo continúa sin ser reclamado, podrá ser considerado abandonado.
Cumplidas esas instancias, el municipio podría avanzar con la descontaminación, compactación y posterior enajenación como chatarra. Quedarían excluidos los vehículos sobre los que exista alguna medida judicial, administrativa o registral que impida disponer de ellos, así como aquellos cuya situación jurídica se encuentre controvertida.
El procedimiento también podría alcanzar a motos que ya estén alojadas en dependencias municipales por infracciones vinculadas con escapes libres o antirreglamentarios, siempre que se respeten las correspondientes garantías y el debido proceso.
Denuncia penal por sonidos similares a disparos
El expediente agrega otro punto que excede la sanción de tránsito. En los casos en que se detecten sistemas de corte de encendido, limitadores u otras modificaciones utilizadas para simular detonaciones de armas de fuego, la autoridad deberá remitir las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación (MPA).
La presentación deberá incluir la identificación del conductor y los registros fílmicos disponibles para que la Justicia investigue una eventual comisión del delito de Intimidación Pública, previsto en el artículo 211 del Código Penal, independientemente de las sanciones correspondientes por los ruidos molestos.
El proyecto deberá ahora completar su tratamiento dentro del Concejo antes de que las modificaciones puedan entrar en vigencia.
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