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Parque Acuático: La Justicia suspendió las obras en la Costanera Norte

Parque Acuático: La Justicia suspendió las obras en la Costanera Norte

El concejal Juan Monteverde anunció este lunes por la noche que un juez hizo lugar a una presentación judicial y ordenó frenar los efectos del decreto municipal vinculado al proyecto de la Costanera Norte. Aseguró que la medida alcanza a la licitación y adjudicación de la obra hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

La comunicación fue realizada a través de un video publicado en sus redes sociales, donde afirmó haber sido notificado de una resolución del Juez Civil y Comercial Dr. Luciano Juárez, que hace lugar a la presentación que impulsó contra el proyecto promovido por la Municipalidad de Rosario.

En su resolución, el juez aclaró que todavía no se pronunció sobre la legalidad o ilegalidad del proyecto. Sin embargo, consideró que existe un riesgo concreto de que se consoliden situaciones de difícil o imposible reversión mientras se analiza la medida cautelar de fondo. En ese marco, dispuso una suspensión preventiva de los efectos del decreto cuestionado, aunque no adoptó una decisión definitiva sobre la controversia. Además, se declaró incompetente para continuar interviniendo en la causa, remitió las actuaciones a la Cámara Civil y recomendó la acumulación de los expedientes vinculados al caso. La medida aún no fue notificada formalmente a la Municipalidad de Rosario, por lo que sus efectos comenzarán a regir una vez cumplido ese trámite procesal.

«Nos acaban de notificar que el juez hizo lugar a la presentación que hice en la Justicia y suspendió las obras del Parque Acuático», sostuvo Monteverde en el mensaje difundido cerca de las 22.

Según explicó el edil, la medida judicial suspende los efectos del Decreto N.º 715/2026 firmado por el intendente Pablo Javkin hasta que se analice el planteo de fondo presentado ante los tribunales.

De acuerdo con la interpretación realizada por Monteverde, la discusión judicial gira en torno a determinar si el proyecto debía haber sido sometido previamente al procedimiento de evaluación correspondiente por cambios en los usos del sector involucrado.

«Hasta tanto no se investigue, no se cotejen las diferentes miradas y no se decida si este proyecto tenía que pasar o no por el Consejo por Cambio a los Usos, la obra no puede avanzar», manifestó.

Qué implica la medida

Durante su mensaje, el dirigente aseguró que la resolución judicial impide cualquier avance sobre el emprendimiento mientras continúe vigente la suspensión cautelar.

«No se puede tocar ni un grano de arena de la playa, no se puede privatizar ni un centímetro de río», expresó.

Asimismo, sostuvo que la decisión judicial alcanza tanto al proceso licitatorio como a la adjudicación recientemente realizada por el Ejecutivo municipal.

«Esto suspende la licitación, suspende la adjudicación y ahora hay que discutir todo de nuevo», afirmó.

Hasta el momento, al cierre de esta edición, no se había difundido públicamente el texto completo de la resolución judicial ni una respuesta oficial de la Municipalidad de Rosario sobre el anuncio realizado por Monteverde.

«La gente dijo basta»

En otro tramo de su intervención, el concejal vinculó la decisión judicial con la movilización social y las críticas que distintos sectores expresaron durante los últimos semanas contra el proyecto.

«Esto no es un fallo de un juez solamente, esto es producto de que la gente dijo basta a esta forma de gobernar», señaló.

Monteverde también reivindicó la participación de vecinos y organizaciones que cuestionaron la iniciativa impulsada para el sector de La Florida y la Rambla Catalunya.

«Es producto de la identidad y de la dignidad de los vecinos de la zona norte, de la gente del río que se paró a defender lo que es suyo», agregó.

El debate continúa

El referente de Ciudad Futura sostuvo que la suspensión judicial representa un primer paso dentro de una discusión que todavía no está cerrada y convocó a quienes se oponen al proyecto a mantenerse movilizados.

«Esto no termina acá, hay que seguir movilizados, hay que seguir peleando», expresó.

Además, reiteró la postura que viene sosteniendo desde el inicio de la controversia: promover inversiones en la Costanera Norte sin avanzar con la construcción del Parque Acuático.

«Queremos que se invierta en la Rambla y en La Florida, queremos playa para todos y que ahí no haya un parque acuático», concluyó.

Un conflicto judicial que también enfrenta criterios entre tribunales

La resolución del juez Marcelo Juárez no solo impacta sobre el futuro del Parque Acuático, sino que además dejó expuesta una controversia jurídica sobre qué tribunal debe intervenir en las distintas causas presentadas contra el proyecto.

El magistrado de la 8ª Nominación insistió en que todos los expedientes iniciados por vecinos, organizaciones y dirigentes políticos deben analizarse de manera conjunta, ya que, a su entender, tienen un mismo origen: el decreto firmado por el intendente Pablo Javkin y el posterior llamado a licitación para ejecutar la obra.

La postura de Juárez difiere de la sostenida por el Juzgado de la 7ª Nominación, donde tramita otra acción judicial impulsada por el vecino Osvaldo Gallardo bajo los alcances de la Ley Provincial Nº 10.000. Según trascendió, ese tribunal se había opuesto a la acumulación de las distintas causas.

Sin embargo, Juárez sostuvo que no corresponde fragmentar el conflicto en expedientes separados, ya que ello podría derivar en resoluciones incompatibles entre sí.

«El acto administrativo que origina el conflicto y la convocatoria a licitación consiguiente es uno solo, de modo que no es posible parcelar la contienda, la que naturalmente requiere una visión de conjunto», argumentó en su resolución.

Para el magistrado, mantener separados los distintos procesos judiciales podría generar el riesgo de sentencias contradictorias o incluso de imposible ejecución sobre un mismo asunto, razón por la cual volvió a plantear su incompetencia por conexidad y promovió que todas las actuaciones sean concentradas en un único ámbito judicial.

De esta manera, además de la discusión sobre la legalidad del proyecto, la Cámara de Apelaciones deberá resolver ahora una cuestión previa y clave: qué tribunal tendrá la competencia para unificar y tramitar las distintas demandas vinculadas al Parque Acuático de la Costanera Norte.

El debate sobre la legalidad del procedimiento

Otro de los puntos centrales de las demandas judiciales está vinculado al procedimiento utilizado por la Municipalidad para impulsar el proyecto. Los planteos sostienen que el predio donde se proyecta el Parque Acuático —que incluye el sector donde funcionó históricamente el bar Mordisco y la Plaza Antonio Berni— forma parte del Área de Reserva ARD Nº 23 «Costa Deportiva», definida por la Ordenanza de Reordenamiento Urbanístico Nº 9.068/13.

Según esa interpretación, cualquier intervención de relevancia en ese sector debía tramitar previamente mediante un Plan de Detalle aprobado por el Concejo Municipal, requisito que los demandantes consideran que fue omitido al avanzarse a través de decretos del Ejecutivo municipal. Precisamente, este es uno de los ejes que ahora deberá analizar la Justicia al momento de resolver la cuestión de fondo.

Las presentaciones también cuestionan que el vallado del predio y las tareas de demolición de estructuras preexistentes comenzaron el pasado 15 de mayo, antes de la adjudicación definitiva de la obra, situación que para los denunciantes configuraría una actuación material sin el respaldo administrativo correspondiente.

Múltiples causas abiertas contra el proyecto

El Parque Acuático enfrenta actualmente distintos frentes judiciales. Además de la acción promovida por Juan Monteverde, en el Juzgado de la 4ª Nominación tramita un amparo ambiental presentado por la Asociación Civil Santafesina de Guías e Instructores de Kayak (AGIKS), que cuestiona posibles impactos sobre el ecosistema costero, el acceso público a la ribera y reclama mecanismos de participación ciudadana en línea con los principios del Acuerdo de Escazú.

A su vez, en el Juzgado de la 3ª Nominación se encuentra radicada una demanda impulsada por el concejal Juan Pedro Aleart. En ese expediente se solicita la presentación integral de los estudios de impacto ambiental e hídrico vinculados a la obra y se invoca el principio precautorio para exigir mayores garantías técnicas antes del avance definitivo del emprendimiento.

La existencia de varias acciones judiciales simultáneas es precisamente uno de los argumentos utilizados por el juez Marcelo Juárez para sostener que todas las causas deberían analizarse de manera conjunta, evitando que distintos tribunales emitan resoluciones contradictorias sobre un mismo proyecto urbano.

Por qué el juez decidió intervenir de manera urgente

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es que el juez Marcelo Juárez entendió que existía un riesgo concreto de que la situación se volviera irreversible si la obra continuaba avanzando mientras se resolvía la discusión judicial sobre la competencia de los tribunales y la legalidad del proyecto.

El magistrado tomó en consideración que la Municipalidad ya había avanzado con la adjudicación de la obra a la Unión Transitoria de Empresas conformada por Obring S.A. y Depaoli & Trosce Constructora S.R.L., además de los trabajos preliminares desarrollados en el sector de la Rambla Catalunya y La Florida. Frente a ese escenario, consideró que no correspondía dejar sin protección los derechos invocados por los demandantes hasta que se definiera qué juzgado debía intervenir en la causa.

Por ese motivo, dictó una medida precautelar o subcautelar de carácter transitorio, una herramienta jurídica excepcional que permite adoptar medidas urgentes antes de resolver cuestiones procesales o analizar el fondo del conflicto. La decisión fue tomada de manera provisoria y sin escuchar previamente a la contraparte, con el objetivo de preservar la situación existente y evitar eventuales daños de difícil reparación.

En concreto, la resolución suspende los efectos del Decreto N.º 715/2026 y paraliza temporalmente cualquier movimiento de suelo o avance constructivo vinculado al proyecto, hasta que el tribunal que finalmente resulte competente determine si corresponde mantener o revocar la medida cautelar.

De esta manera, el futuro del Parque Acuático quedó sujeto a las próximas definiciones judiciales, en particular a lo que resuelva la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario respecto de la competencia de los tribunales y la unificación de las distintas causas abiertas contra la iniciativa.

Más allá del impacto político inmediato, la resolución conocida este lunes no cierra el debate sobre el Parque Acuático. Por el contrario, abre una nueva etapa en la que la Justicia deberá definir no sólo la legalidad del proyecto, sino también qué tribunal tendrá la competencia para resolver las múltiples demandas que hoy cuestionan una de las obras más controvertidas impulsadas por la Municipalidad de Rosario.

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